Patraix, municipio independiente

Primera acta conservada del libro de actas del Ayuntamiento Constitucional de Patraix, del 15 de octubre de 1816. Archivo Histórico Municipal de Valencia, serie Pueblos Anexionados – Patraix. Cajas 3/2 y 4/2.
Escudo del sello municipal, realizado en 1849 por el grabador Tomás Rocafort en bronce, y usado solo en la década de los años 50. Acta municipal de 1864 conservada en el Archivo Histórico Municipal de Valencia, sección Pueblos Anexionados – Patraix (1).
Portada del Padrón de Habitantes de Patraix de 1870, en el momento de la anexión. Archivo Histórico Municipal de Valencia. Iª-A-Iª-B. Padrón. 1870. Patraix.
Plano de Patraix (1929) donde se observa la trama medieval de su centro histórico. Archivo Histórico Municipal de Valencia. Plano del término municipal de Valencia (1929-1944). Dirección General del Instituto Geográfico y Catastral. Hoja 52-IV.
Con la anexión del municipio de Patraix al de Valencia, se produjo la comprobación de las pertenencias que había en Patraix. La documentación administrativa municipal se trasladó al ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE VALENCIA (AHMV), donde se conserva en la actualidad a disposición de las personas que deseen investigar en la historia de esta etapa de Patraix.   Para más información y conocer los fondos del AHMV, y en concreto de los de Patraix, se puede consultar la web: http://www.valencia.es/ayuntamiento/infociudad_accesible.nsf/vDocumentosWebListado/C272B0A7A237D0A6C12572C20023B775?OpenDocument

La abolición de los señoríos en 1811 de las Cortes de Cádiz permitió la conversión de Patraix en ayuntamiento constitucional por decreto del 23 de mayo de 1812. Los señoríos nobiliarios dieron paso a los ayuntamientos constitucionales de los lugares, villas y ciudades como el de Patraix y otros lugares de la huerta que circundaba la ciudad de Valencia.

El Ayuntamiento tenía una estructura orgánica básica, similar a la de otros municipios pequeños. Se componía de un alcalde constitucional elegido por los electores contribuyentes, un alcalde ordinario segundo, dos tenientes de alcalde o regidores, y un síndico. Además, pagaba los sueldos de un presbítero vicario para la iglesia, un médico, un sangrador (cirujano), un maestro de instrucción primaria de niños, una maestra de niñas y de costura, un alguacil pregonero, y un encargado de conservación de obras públicas (limpieza del pozo de la plaza, reparación de edificios, conservación del arbolado, puentes, caminos y fuentes, etc.).

Las funciones municipales eran en materia gubernativa, judicial —su administración se independizó en 1855— y económica no superiores a los 500 reales. El edificio municipal estaba situado en el vértice del triángulo de la plaza, intersección de las calles Marqués de Elche y Turís. En las dependencias del palacio del barón, se instaló la escuela y una prisión (hasta 1817), además de dar vivienda a los maestros y al presbítero. También, gestionó una taberna que subarrendaba al mejor postor (desde 1826), donde se vendía vino, aguardientes, licores, aceita, vinagre y jabón; y una tienda para venta de carne.

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